▲ Protesta contra un desahucio en Barcelona, el pasado 22 de septiembre. Albert Garcia

Los lanzamientos de vivienda practicados por los juzgados en España durante el segundo trimestre de este año muestran un descenso sin precedentes. Las cifras publicadas este viernes por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no son, sin embargo, comparables con la serie histórica por las circunstancias especiales del periodo, gran parte del cual comprendió el estado de alarma por el coronavirus (vigente del 14 de marzo al 21 de junio), en el que los juzgados solo prestaron servicios esenciales. Además, el Gobierno decretó el 31 de marzo una suspensión de los desahucios hasta el 1 de octubre para inquilinos en situación de vulnerabilidad por la crisis del coronavirus.

En la práctica, todos esos condicionantes se tradujeron en 1.013 lanzamientos de inquilinos practicados por los juzgados entre abril y junio, un 89,8% menos que en el mismo periodo de 2019 (cuando la cifra se acercó a 10.000). El lanzamiento es como se conoce en el argot judicial al procedimiento que culmina el desahucio, cuando se devuelve la posesión del inmueble al propietario del mismo y se levanta un acta judicial.

Si la cifra de desahucios de inquilinos, que desde hace años constituyen la amplia mayoría de personas que son expulsadas de su vivienda en España, es llamativa; todavía lo es más la estadística de lanzamientos de personas por impago de la hipoteca. En el segundo trimestre del año los juzgados practicaron tan solo 300 lanzamientos por este motivo, un 92,1% menos que el año pasado. La suma de ambas cifras, más los desahucios que se atribuyen a otros motivos, dejaron la cifra total de lanzamientos entre abril y junio en 1.383, un 90,6% menos. Andalucía (275), Comunidad Valenciana (195) y Cataluña (148) fueron las tres comunidades con un mayor número de lanzamientos. Si se observan solo los desahucios de inquilinos, se repiten estas tres primeras posiciones.

Pese a que el descenso de lanzamientos de personas que viven de alquiler es una constante desde mediados de 2019, cuando se invirtió la tendencia de los años anteriores y empezaron a registrarse leves caídas interanuales, el desplome registrado por el CGPJ en el segundo trimestre de este año no constituye un indicador fiable de esa tendencia. Entre las medidas para paliar las consecuencias sociales de la epidemia, el Gobierno aprobó el 31 de marzo un decreto que introdujo varias medidas en materia de alquileres.

Entre estas, destacaban la prórroga en seis meses del contrato de arrendamiento si este vence antes del 1 de octubre y el inquilino lo solicita; la obligatoriedad para grandes propietarios de vivienda de aceptar una quita de la renta o un aplazamiento de su pago; y la ya mencionada suspensión de los desahucios, igualmente hasta el 1 de octubre. Esta última, desde la finalización del estado de alarma y la consecuente reactivación de los juzgados, solo se aplica cuando el inquilino lo solicita y acredita su situación de vulnerabilidad por la covid-19. Además, también concurren otras circunstancias, como que el arrendador también demuestre que se encuentra en situación vulnerable, en cuyo caso corresponde al juez decidir.

En gran parte esas normas también afectarán a la estadística del tercer trimestre del año (julio-septiembre), pero está por ver qué sucederá una vez se levanten las restricciones. Otra posibilidad es que el Gobierno prolongue la aplicación de las restricciones a los desahucios más allá de octubre, como demandan los sindicatos de inquilinos.

La estadística del CGPJ también recoge los datos de los juicios verbales posesorios por ocupación ilegal de viviendas desde mediados de 2018. Ese procedimiento requiere que el propietario que reclama que su inmueble ha sido ocupado sea una persona física, una entidad sin ánimo de lucro o una administración pública, por lo que no sirve para valorar el conjunto de la ocupación porque deja fuera los inmuebles que son propiedad de bancos, fondos u otras empresas. Entre abril y junio ingresaron en los juzgados 757 de este tipo, casi 200 menos que en el segundo trimestre del año pasado (953). La menor actividad de los juzgados afectó al número de casos de este tipo resueltos, 449 (frente a más de 700 entre abril y junio de 2019), por lo que continuó aumentando el número de asuntos pendientes de resolución: si a finales del pasado marzo eran 2.216, a mediados de año esa cifra había crecido hasta los 2.538 procedimientos.

Fuente: elpais.com

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